Trámite administrativo que llevan a cabo los Colegios Profesionales de Arquitectos e Ingenieros, que certifica, mediante un sello corporativo, la idoneidad administrativa de los proyectos, así como la fecha del trámite y la legitimidad profesional del técnico proyectista colegiado. El visado no implica la asunción de responsabilidad del Colegio, sobre la idoneidad del contenido técnico del proyecto ni de los aciertos o impericias que se puedan haber cometido en la redacción de este ya que son de la responsabilidad personal exclusiva del técnico redactor.