Retracto

Es el derecho que tiene una persona, ya sea física o jurídica, para adquirir una cosa (bien inmueble) que, previamente, haya sido transmitida a un tercer adquiriente. Difiere del tanteo, básicamente, en que este se ejerce, antes de que se produzca la supuesta enajenación. (Código Civil: Art.º: 1521)