IVA

Acrónimo de Impuesto sobre el Valor Añadido. Es un Impuesto indirecto estatal que grava las diferentes fases de la producción de un bien, o la prestación de un servicio, por el valor incorporado en cada una de esas fases. En el caso de la vivienda, la primera transmisión, como puede ser la compraventa de vivienda nueva a un promotor, está sujeta al pago de IVA (en Canarias IGIC)y al IAJD (Impuesto sobre los Actos Jurídios Documentados). Las segundas transmisiones pagan ITP (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales). El arrendamiento de viviendas utilizadas exclusivamente como tales no está sujeto al pago de este impuesto. Las actuaciones profesionales de técnicos, notarios, registradores, etc., también están sometidas al IVA.