Es un crédito concedido a personas mayores con garantía de su propia vivienda, con el compromiso de la entidad prestamista de no reclamar ningún importe hasta que la vivienda fuese vendida o hasta que la persona fallezca. En caso de fallecimiento, los herederos pueden devolver las cantidades prestadas o vender la vivienda para cancelar la deuda con el importe obtenido.