Estado de ruina

Es el de una edificación en la que se aprecia tal deterioro, de los elementos estructurales o de sostenimiento, que se hace necesario proceder a su demolición, en evitación de daños a las personas o el patrimonio urbanístico. Otro criterio para declarar el estado de ruina de un edificio es que los costes económicos de las reparaciones necesarias para garantizar su estabilidad y habitabilidad superen el 50 % del coste actual, de la obra nueva, que habría que realizar para su reposición. Se denomina ruina técnica o ruina inminente, de un edificio, cuando existe amenaza de derrumbe evidente.

Reglamento de Disciplina Urbanística. Ley del Suelo.