Extinción del régimen legal de protección de una vivienda de protección oficial de promoción privada, que pasa a someterse a un régimen general según la legislación vigente. Será posible solicitar una descalificación una vez transcurridos los años que la ley establezca para ello y su obtención conllevará la devolución de las ayudas económicas y el vencimiento, o conversión a libre, del posible préstamo cualificado, de los que se hubiera beneficiado el adjudicatario.
Real D. L. 31/1978, de 31 de octubre, sobre politica de vivienda de protección oficial.